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TRATAMIENTO PENITENCIARIO PARA LA REINSERCIÓN SOCIAL


1.1. Concepto de tratamiento penitenciario.

La Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos (2011) hace referencia al sistema penitenciario, la cual en su artículo 18 menciona: solo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva. El sitio del que se destinare para la extinción de las penas y estarán completamente separados.

El sistema penitenciario se organizará sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley. Las mujeres compurgaran sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto.

Como se mencionó el sistema penitenciario se basa principalmente en el tratamiento, que tiene como principal objetivo reinsertar al sujeto que alguna vez cometió una conducta delictiva, ésta se logrará al realizar actividades específicas en las que el interno debería de participar.

Se entiende por tratamiento penitenciario: “Todas aquellas actividades que previo estudio de personalidad, participación de áreas técnicas y sesiones del consejo técnico interdisciplinario, se llevan a cabo en el interior del establecimiento carcelario y que inciden sobre el interno en aras de su readaptación social.”(García.2006.p.158)

El tratamiento que se asigna a cada uno de los internos, será con base en su personalidad, su capacidad para el trabajo, por el delito cometido, entre otras características de gran importancia, que de alguna manera garanticen que las realizará, y obtendrá un oficio que le ayude a tener una favorable reinserción.

El tratamiento penitenciario es una “herramienta” que ayuda al interno a tener una mejor estadía en el Centro Penitenciario, asimismo para comprender el motivo de la conducta delictiva realizada. Para que él y la misma institución tengan conocimiento si el tratamiento le ha favorecido, para tal efecto debe llevar un registro sobre los avances logrados y de las dificultades que se han presentado.

Por otro lado el autor Rodríguez (2004) en otra perspectiva nos menciona: que el tratamiento penitenciario:“Es el conjunto de técnicas por medio de las cuales vamos a llegar a la finalidad (¿”re”’?) socializadora, adaptadora habilitante o personalizante. O sea que el tratamiento es un medio, no un fin en sí mismo.” Estas técnicas le ayudarán al interno a reeducarse o por primera vez educarse si fuera el caso, ya que a veces el sujeto anteriormente no tenía la mínima educación en ningún aspecto, por normas, así como formación académica, noción de los valores.

El tratamiento les ayudará en su persona, al tratar de hacer de ellos unos ciudadanos que respeten todo tipo de normas al momento de haber compurgado su pena, las actividades en las cuales se tendrá que desenvolver y que constituyen parte esencial e importante de su tratamiento serán tomadas como aspectos de rehabilitación en él que si los lleva a cabo de manera correcta harán que esté listo para enfrentarse a la sociedad nuevamente.

(Tieghi s.f) nos cita: “El tratamiento, por su parte, debe ser voluntario, sin que su tiempo este determinado a priori o sin que la ley anticipe su carácter institucional o comunitario: cárcel temporalmente predeterminada y tratamiento son inconciliables”. Al hacerlo obligatorio de alguna manera se intenta beneficiar al sentenciado y a la institución pues se evita el ocio, haciendo al sujeto productivo, puede otorgársele algún beneficio y así se evita la contaminación penitenciaria y se despresurizan las prisiones. Esto debe manejarse del lado objetivo pues también lo hacen enfrentarse antes a la sociedad, lo preparan para un vez estando fuera afronte su situación

Como se menciona el tratamiento solo es un medio para lograr que el interno pueda adaptarse a las normas, ya que el aspecto más importante para obtener una buena reinserción del sujeto es él mismo, la entrega y la decisión que tome para lograr que tenga una incorporación sana al ambiente social, laboral, educativo, familiar, entre otros, y pueda respetar las reglas de convivencia social el cual en su momento fueron dañadas por él.

1.2. Objetivo del tratamiento penitenciario.

El objetivo primordial de la realización del tratamiento penitenciario debiera ser lograr una reinserción social del sujeto satisfactoria en todos los aspecto, tanto emocionales como en el “comportamiento” que tendrá al reincorporarse nuevamente a su vida en sociedad.

La reinserción social como factor importante sobre la cual basa la realización del tratamiento, se define como: “Conjunto de procedimientos empleados por el Estado para corregir la conducta de un individuo que ha delinquido.”(Gómez. 2004. p. 210). Estos procedimientos van de la mano con estrategias específicas que tendrían como fin impulsar al sujeto a realizar el tratamiento, teniendo noción todo el tiempo que éste le ayudará a tener una reintegración a la sociedad satisfactoria, que lo que busca en algún momento o etapa de este proceso es reeducarlo y/o corregir esas conductas que lo llevaron a cometer el hecho delictivo.

El tratamiento penitenciario intenta modificarla conducta, disminuir sus niveles de agresividad, de frustración que hacen que el individuo considerado antisocial no logre participar y tomar riendas en sus impulsos negativos que no solo lo afectan a él sino a los demás internos, en algún momento hacerlo consciente de aspectos que aún no comprende cómo puede ser la realización de la conducta que en algunos casos van encaminadas a patológicas y/o trastornos que en algunos casos el interno no tenía previo conocimiento y no sabe cómo reaccionar ante ellas, apoyarlo en lo relacionado a su afectividad, hacer que comience a relacionarse sanamente con otros internos con los que convive, el tratamiento busca la estabilidad del sujeto para así poder continuar con éste que se vea un avance al realizar estas diversas actividades que en su momento lo llevaran a tener su reinserción social, al ser consciente de lo anterior, se puedan atenuar sus impulsos para ayudarlo a exteriorizar alguna problemática que no lo deja continuar satisfactoriamente con su tratamiento asignado.

Este objetivo será alcanzado mediante la realización de las diversas actividades que le ayudaran a adquirir habilidades, que a su vez le permitirán adquirir hábitos disciplinarios, que le faciliten su incorporación a la sociedad.

Las actividades en que el interno participará solo tienden a un objetivo: su reinserción; éstas tendrán características esenciales para cada sujeto, tomarán en cuenta diversos aspectos como su personalidad, sus habilidades, capacidades, solo así se le asignara el adecuado que le ayude no solo en aspecto de educación, trabajo, etc., también en cuanto a su personalidad, a ciertos hábitos adquiridos en su etapa de ser delincuente, éstas serán un detonante al salir en libertad, ya que al lograr modificar esas conductas le favorecerá a su reinserción, que se complementa al saber un oficio y llevarlo a cabo en ese momento de enfrentarse a la sociedad.

El objetivo es también prepararlo para ese momento en el que tenga que rehacer su vida en exterior, saber afrontar ciertas consecuencias que le dejó haber cometido esa conducta, el mismo tratamiento abarca todos esos aspectos que de alguna manera hacen que el interno tome una postura apatía al momento de realizar correctamente su tratamiento ya que temen por la reacción que la sociedad tendrá hacia él en el momento que compurgue su pena.

La reinserción social como primordial objetivo conlleva ciertos elementos que buscan ayudar al interno a lograr su readaptación de manera satisfactoria. Algunos de estos elementos pueden son que dentro de la institución no exista la llamada contaminación criminal, y proporcionarles actividades de acuerdo a su personalidad, que sean de su interés, que serán detonante importante y que encaminaran al interno a su reincorporación social, logrando evitar reincidencias.

En cuanto a afrontarse con la sociedad los elementos primordiales son apoyar al interno a su próximo encuentro con la sociedad, sensibilizarlo o hacerlo consiente en cuanto a cambios emocionales, prepararlo a ciertos desajustes, cómo reaccionar ante ellos para que no lo perjudiquen o frustren y causen aspectos negativos en él y hagan que reincida, lograr que la reinserción social se lleve paulatinamente.

1.3. Elementos del tratamiento penitenciario.

El artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (2011), menciona algunos derechos para la población penitenciaria, que a su vez forman los elementos para su tratamiento así como logar en su momento la reinserción social.

Los elementos que lograran el objetivo son:

*Separación de procesados y sentenciados.

* Tratamiento readaptatorio a través de la educación, la capacitación, el trabajo y deportes.

*Separación de mujeres y hombres.

*Posibilidad de que reos sentenciados por delitos del orden común extingan su condena en establecimientos del Ejecutivo Federal.

*Posibilidad de traslado al país para compurgar sentencias impuestas por otros Estados.

Estos elementos son de gran importancia ya que como uno de ellos menciona es que donde permanezca el interno siempre debe tenerse en cuenta un tratamiento que de verdad pueda reeducar al sujeto dentro de la institución y reinsertarlo a la sociedad una vez cumplida su pena.

Estos se acomodaran a cada institución para no perder de vista el objetivo, ya que compurgando la pena en cualquiera de las instituciones deben de tomarse en cuenta, ya que beneficiaran al sujeto, siendo mujer u hombre, sentenciado o procesado.

Es de gran importancia tenerlos presentes ya que si en los Centros de Readaptación los internos estuvieran revueltos, por mayor restricción o tener el mejor tratamiento existirían conflictos entre ellos, así como la realización de más conductas delictivas como podrían ser violaciones tanto físicas como a los derechos de cada uno de los y las internas, y por consiguiente no se logrará la reinserción social la cual nunca debe perderse de vista, ya que mirando hacia otros horizontes el sistema penitenciario puede ser mejorado.

Los elementos para realizar el tratamiento penitenciario son un complemento de gran importancia ya que así los mismos internos se sentirán seguros al encontrarse en un establecimiento con sujetos con características similares a ellos ya sea de sexo, edad, etcétera.

Al hablar del establecimiento en sí, para efecto de hacer más completa la estadía del interno desde su ingreso, su diagnóstico y tratamiento, existen algunos aspectos que son de importancia, que abarca la misma institución entre ellas se encuentran las diferentes áreas por las cuales tiene que pasar el sujeto, ya que de ellas depende que se le asigne un tratamiento acorde a él. Entre estas se encuentran la psicológica, trabajo social, médico, laboral, pedagógico, vigilancia, donde se determinará su personalidad, peligrosidad y tratamiento.

Por otro lado cuenta con otros aspectos de gran importancia que van de la mano con su tratamiento son áreas especializadas, se encuentran la criminología clínica la cual hará un diagnóstico más preciso e individualizado, la psiquiatría se refiere a un estudio de personalidad para conocer si el sujeto cuenta con alguna enfermedad mental y si es imputable, la arquitectura penitenciaria esta área sobresale por que será ahí donde el interno compurgara su pena y realizará todas las actividades que le sean asignadas para poder llevar a cabo su tratamiento en internamiento, proporcionando condiciones estables así como espacios seguros que hagan al interno participar.

Todos los elementos señalados son un punto de importancia para el interno, ya que constituyen parte primordial para su tratamiento cada uno por sus características específicas ya que complementan la ayuda que se le estará brindando durante su pena, cabe mencionar que no son un premio el que existan, sino hacen referencia a un sistema organizado y que pueda ser de calidad tanto para la persona como para la misma institución, en aras de mejorar su funcionamiento y lograr que el tratamiento ya no sea solo un requisito que se tenga que realizar para cumplir con lo que marca la ley al momento de quedar a disposición de una institución penitenciaria, sino dar un cambio radical que cumpla con todos esos elementos que se complementaran con estudios y/o análisis que ayudaran a motivar al sentenciado, por consiguiente se logrará una verdadera reinserción social de éste.

BIBLIOGRAFÍA

GARCÍA, I. (2006). El actual sistema penitenciario. Sista.

GÓMEZ, E. (2004). Tópicos médicos penitenciarios. Toluca, Estado de México. Compañía editorial impresora y distribuidora.

RODRGUEZ, L. (2004). Penología. México. Pirrúa.

TIEGHI, O. (s.f.). Tratado de Criminología. 3ed. Buenos Aires, Argentina. Editorial Universidad.

Todos los Gobernantes. (2011). Constitucón Política de los Estados Unidos Mexicanos. Sista.

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